Diario Patria
HISTORIA DE ESPAÑA - ARCHIVO

Sociedad, poder y economía del Reino asturleonés. Parte 2 – La Historia de España


Este es el episodio 49 llamado Sociedad, poder y economía del Reino asturleonés. Parte 2 y en este episodio aprenderás:

La diversidad del Reino asturleonés

El Reino asturleonés era un reino con una población más diversa de la que algunos creen, y eso entrañaba desafíos en el gobierno. Había cristianos asturianos, leoneses, gallegos, castellanos, o vascones, y dentro de estos gentilicios más actuales había en realidad mucha variedad regional y local. Pero cuando hablo de diversidad no me refiero a estos, sino al hecho de que no todos eran cristianos iberos de pura cepa. En el Reino asturleonés vivieron cristianos arabizados, africanos latinos, judíos, bereberes, y hasta musulmanes. Como ya expliqué en el episodio 33 Arabización e islamización de al-Ándalus, debido a la hegemonía andalusí del período altomedieval la arabización irradió también en el norte peninsular.

Número de menciones de nombres árabes en la documentación eclesiástica del Reino de León. El aumento en torno al año 1000 podría explicarse por el prestigio de la Córdoba califal

Entre la población campesina propietaria de la Castilla condal de la primera mitad del siglo X encontramos que entre un 15 y 20% de los nombres documentados son árabes, como Tariq, Sulayman, o Mutarrif, y se encuentra un porcentaje similar en tierras leonesas. Un hombre se llamaba Rodrigo al-Mundir, hijo de Feles Sarracinez, lo que sugiere que el abuelo o padre de Rodrigo era un árabe étnico asentado en Castilla. En la región de Coímbra, Portugal, según la documentación del monasterio de Lorvâo un tercio de los nombres recogidos entre el 900 y el 1100 eran árabes. Hubo clérigos cristianos del Reino de León que llevaron nombres árabes, hermanos unos con nombre árabe y otros latinos, o maridos con nombre latino y esposas con nombre árabe y viceversa.

Que hubiera cristianos del norte con nombres árabes no significa que hablasen la lengua árabe, igual que se fueron popularizando los nombres de origen germánico por el pasado visigodo, pero no por ello hablaban la lengua gótica. Aún así, vale la pena mencionar que, como vimos en el episodio 46 Economía de al-Ándalus. Manufacturas, comercio y esclavitud, según los modelos de venta de esclavos de Ibn al-Attar era frecuente que esclavos del Reino asturleonés chapurreasen árabe. Teniendo en cuenta eso y la cantidad de palabras árabes que pasaron a las lenguas romances medievales, podemos decir que la arabización en el Reino asturleonés se manifestó en los nombres, en influencias árabes en las lenguas romances, y en parte de la cultura material. Fue a lo largo del siglo XI cuando se fueron abandonando los nombres árabes por el fin de la hegemonía andalusí.

Pero es que no solo hubo población cristiana arabizada al menos en el nombre, la mayoría gente local y algunos de ellos serían emigrados mozárabes de al-Ándalus. También hubo bereberes integrados entre la población del reino. Al producirse la conquista musulmana, la Meseta norte fue colonizada por muchos más bereberes que árabes. Por la revuelta bereber de los años 740, las migraciones, sequías y hambrunas desaparecieron muchos bereberes de la región, pero por la evidencia antroponímica y genética se cree que quedaron comunidades bereberes, que entraron en la órbita del Reino de Asturias y se cristianizaron. Al haber sido conquistadores, los bereberes superficialmente arabizados e islamizados que permanecieron en la Meseta norte debieron constituir una minoría prestigiosa y por estos contactos cristianos del norte adoptaron nombres árabes y algunos incluso se islamizaron.

La monarquía asturleonesa integró por negociación y conquista a comunidades bereberes, por ejemplo el distrito de Coímbra había sido una región dominada por el clan bereber de los Banu Danis, y es impensable que toda la población bereber desapareciera con su conquista, y más teniendo en cuenta que en Coímbra la influencia cultural árabe perduró mucho en el tiempo. A otros bereberes directamente los invitaron los reyes, ese fue el caso de la banda de guerreros y de sus familias encabezados por Mahmud ibn Abd al-Yabbar. El rey Alfonso II de Asturias acogió a estos bereberes en el 834, después de que estos rebeldes hubieran sufrido derrotas frente al emir Abd al-Rahman II, y el rey los asentó en el centro de Galicia, lo que por entonces era la frontera occidental del reino para defender la región.

Según el cronista Ibn Hayyan, bastante fiable, los aristócratas de Galicia compitieron para casarse con la hermana de Mahmud, Yamila, que se decía que fue una fiera guerrera bereber y muy hermosa, y uno de los magnates gallegos terminó casándose con ella, teniendo numerosos hijos, y uno de éstos terminó siendo uno de los obispos de Iria Flavia-Santiago de Compostela. Aunque son escasas las informaciones, quizás no debería sorprender tanto entonces que Galicia y el oeste de León sean los rincones de España con mayor genética norteafricana y datada del período altomedieval. Además de comunidades bereberes, algunas o muchas de las cuales seguirían de forma más o menos rigurosa la fe islámica, sabemos que hubo musulmanes de origen diverso en el Reino asturleonés.

El señor de Oporto, Sadun al-Surunbaqi, un musulmán de origen nativo hispano, en la década del 860 entregó la ciudad al rey de Oviedo a cambio de alguna concesión, y actuó como aliado militar de Alfonso III aliándose con el rebelde de Badajoz Ibn Marwán con el que logró saquear Lisboa y capturar al háyib del emir y entregarlo como rehén al rey astur. Hubo por tanto población musulmana libre viviendo en el norte. Por lo demás, en general las noticias que tenemos de musulmanes en el Reino asturleonés se refieren a esclavos por campañas militares, por ejemplo conseguidos en la frontera riojana de los Banu Qasi. En el 913 el rey Ordoño II, aún solo rey en Galicia y norte de Portugal, capturó a unas 4.000 personas de Évora, Portugal, la mayoría niños y mujeres que fueron esclavizados y llevados al norte, y podemos suponer que muchos de ellos serían musulmanes.

Dejando de lado los musulmanes, la península ibérica acogió algunos refugiados latinos cristianos del norte de África, como ya había ocurrido durante el período visigodo. Aunque algunos hayan cuestionado su veracidad, las fuentes escritas nos hablan del obispo Odoacro de Lugo que habría huido junto con familias y siervos del norte de África a Galicia para evitar los estragos de la revuelta bereber de los años 740. Finalmente, también hay que decir que hubo judíos en el Reino asturleonés durante la Alta Edad Media, aunque las informaciones que tenemos son escasas y fragmentarias y por eso no hay apenas estudios como sí los hay para períodos medievales posteriores.

En la ciudad de León, en Castilla y también La Rioja se documentan judíos en los siglos X y XI, con lo que debió haber varios centenares de judíos por el norte peninsular altomedieval. En Castrojeriz, Burgos, se conoce que hubo una matanza de judíos en el 1036, y se estima que en la ciudad riojana de Nájera, bajo dominio pamplonés entonces, entre un cuarto y un tercio de la población era judía. Tales cifras van en la línea de los porcentajes de judíos de ciudades cristianas de la Plena Edad Media. Los judíos serían una minoría mucho más representada en las ciudades que en el campo, pero lo que hay que remarcar es que los judíos ya vivieron en los reinos cristianos durante la Alta Edad Media y fueron más numerosos de lo que se creía hasta hace poco.

Los campesinos

Los campesinos, definidos por ser aquellos que viven de la tierra de la que trabajan, podían gozar de un estatus y riqueza muy variado. Había campesinos ricos con propiedades que acaparaban la mayor parte de las tierras de una aldea o podían tener propiedades dispersas en varias aldeas, había campesinos con pocas tierras pero solventes, y había campesinos que por su pobreza debían buscar la caridad y protección de un señor laico o eclesiástico. Los campesinos libres eran una parte importante de la sociedad asturleonesa, y los campesinos siervos aún no eran un componente tan predominante de la sociedad como lo sería en el nuevo milenio. También existían campesinos arrendatarios, que aparte de alquilar tierras para explotarlas podían ser al mismo tiempo propietarios de otras tierras.

Es decir, en la fluida realidad altomedieval uno podía ser campesino propietario libre de unas tierras, pero al mismo tiempo ser un arrendatario de otras o incluso trabajar propiedades con algún tipo de obligación con un señor, por lo que no hay que pensar en términos absolutos en la condición del campesino, porque existía una escala de grises. Tampoco debemos imaginarnos un paisaje con aldeas rurales de campesinos libres y de un estatus socioeconómico igual, ya que por todo el territorio convivían espacialmente campesinos propietarios libres con arrendatarios, campesinos dependientes y esclavos, y algunos podían estar en más de una categoría según la propiedad que trabajasen.

En el Reino asturleonés, igual que en el mundo carolingio, la propiedad campesina típicamente consistía en múltiples parcelas dispersas dentro de un territorio comunitario. La propiedad del campesino libre promedio consistiría en una vivienda, varias parcelas arables, una o dos viñas, un huerto frutal, propiedad o derechos de uso sobre partes de prados y bosques, y a veces derechos al uso de aguas, molinos, y otros. Estas propiedades diversas dan fe de una economía agraria mixta. Los campesinos propietarios ricos tendrían más viviendas y propiedades agrarias, más derechos sobre recursos escasos, y parcelas en aldeas vecinas. La documentación sugiere que una propiedad campesina podría haber sido de aproximadamente 15 hectáreas, con parcelas individuales no superiores a 2 hectáreas en promedio.

Las propiedades podían dividirse en tantas partes como se quisiera, familiares de una familia nuclear o extendida podían compartir derechos de propiedad, y en fin, que había formas muy diversas de gestionar los derechos de propiedad. Las familias podían adoptar estrategias diversas para preservar sus propiedades frente al crecimiento de señoríos laicos y eclesiásticos. Una estrategia consistía en dividir la propiedad entre sus miembros, de manera que se dificultaba que adquirieran la propiedad entera; otra estrategia era diametralmente opuesta y consistía en compartir derechos de propiedad entre familiares para dificultar su división; a veces una propiedad también podía venderse, donarse o intercambiarse, pero incluyendo cláusulas reservando algunos derechos de uso para el anterior propietario; o se podía compartir una propiedad con una entidad religiosa.

Sobre las herencias, hay que decir que no siempre se seguían las leyes visigodas de transmisión de propiedad y que tanto hijos como hijas heredaban de su padre y de su madre, es decir, no existía la costumbre de dejar la herencia solo al hijo varón primogénito o que solo los hijos varones recibieran herencia. Como he dicho antes, había bienes comunales y se podían encontrar virtualmente en cualquier aldea, y las tierras comunales podían ser pastos para el ganado, bosques para conseguir madera y recursos silvestres, pesquerías en ríos y mares, pero también podían ser tierras arables con huertos. Sin embargo, no tenía por qué haber un acceso igualitario a los espacios comunales, y solía depender de las propiedades que se poseyeran.

Relacionado con los derechos comunales, hay que decir que era habitual que se produjeran concilios en aldeas, asambleas políticas entre las familias de una aldea para resolver algún problema, organizar la gestión colectiva de recursos comunales, y realizar transacciones de propiedades frente a otros testigos para que no hubiera dudas sobre su validez. Según los cartularios conservados, la mayoría de las asambleas locales se producían frente o dentro la iglesia de la aldea o en un monasterio. En el siglo X las asambleas locales adquirieron mayor importancia para desarrollar relaciones políticas con élites más allá del espacio local y unir fuerzas entre vecinos para negociar colectivamente ante la creciente presión señorial.

Esto se ve por ejemplo en el año 956 cuando la asamblea de vecinos de Villabascones, Burgos, acordó con el abad local unos derechos sobre el agua. Las aldeas tenían una o varias personas mayores o relativamente ricas que eran las más notable de la comunidad, los boni homines, los hombres buenos o respetados que a veces aparecen como intermediarios entre su comunidad y grupos de poder externos y que por su prestigio gozaban de cierta autoridad informal. Los concilios o asambleas de las aldeas fueron canales desde donde el Reino asturleonés y la sociedad de señores laicos y eclesiásticos podían articular su poder territorial, y los señores tuvieron interés en institucionalizar más las asambleas desde el siglo XI.

En la Alta Edad Media grupos de campesinos podían juntar esfuerzos y construir terrazas, sistemas de almacenamiento de cereales, y molinos de agua. No significa que fuera lo más habitual que la coordinación de tales actividades no estuviera en manos de personajes notables, pero existieron casos así. En la provincia de León en el año 980 un propietario laico llamado Ordoño llegó a un acuerdo con un monasterio para permitirles usar su molino los miércoles. Esto es revelador de que no solo los grandes aristócratas y monasterios poseían bienes de capital que requerían de importantes inversiones como lo es un molino para aumentar considerablemente la productividad para moler grano.

Pero claro, igual que existían campesinos ricos capaces de poseer molinos, también existían campesinos desfavorecidos, los siervos y esclavos. Sobre estos que no tenían propiedades tenemos mucha menos información. Durante el reinado de Aurelio entre el 768 y 774 hubo una revuelta servil de la que no tenemos más detalles, pero que debió ser importante si fue mencionada en las crónicas. En el Reino asturleonés los esclavos aparecen vinculados de forma casi exclusiva a la monarquía, magnates laicos y grandes instituciones eclesiásticas, tanto en forma de campesinos esclavos como de esclavos domésticos, por ejemplo tenemos noticia de que en el 812 el rey Alfonso II de Asturias donó varios esclavos a la iglesia de Oviedo. Lo más habitual era obtener esclavos por la descendencia de otros esclavos y por campañas militares, más que por el comercio, y donde aparecen más campesinos siervos y esclavos en la documentación es en Galicia y Asturias, por ser regiones dominadas por magnates laicos y eclesiásticos.

La compraventa de tierras

Según ha estudiado Robert Portass, los campesinos altomedievales no deben verse como sujetos pasivos sometidos a las decisiones de un señor laico o eclesiástico, para empezar porque ese sometimiento fue más en la Plena y Baja Edad Media como ya expliqué en el episodio 48, la parte 1 de este recorrido por la sociedad asturleonesa. Los campesinos libres eran agentes económicos activos que buscaban oportunidades para obtener más tierras, participar en la compraventa de tierras y bienes de consumo, y, en definitiva, oportunidades de inversión para enriquecerse y mejorar su posición social. De los aproximadamente 4.000 cartularios que sobreviven del norte en la Alta Edad Media, un 45% son de compraventas, y de estos unos tres cuartos involucran a campesinos propietarios pequeños y medianos, no a aristócratas o grandes monasterios.

Una cosa sorprendente es que la alfabetización entre laicos y eclesiásticos estaba lo suficientemente extendida como para que en cualquier lugar del norte peninsular, en un radio relativamente pequeño, se pudiera encontrar a alguien que pudiera leer y escribir para redactar compraventas, donaciones y litigios, y existían fórmulas de escritura estandarizadas por el Reino asturleonés. En el valle del Liébana, que seguramente no tendría ni mil habitantes en el siglo X, se conservan veintidós ventas de tierras en aquella época, y se hacen referencias en esos documentos a ventas anteriores cuyos escritos se perdieron o que directamente fueron transacciones que no fueron formalizadas por escrito. Una quinta parte de los cartularios de compraventas hacen referencia a contratos anteriores, entre eso y que la mayoría de los cartularios se han conservado solo en monasterios debemos asumir que se debieron escribir muchos más contratos de los que nos han llegado.

Cartulario ACL 68 de la catedral de León, que registra una venta de una parcela arable en el 930, por Wendy Davies
Cartulario ACL 68 de la catedral de León, que registra una venta de una parcela arable en el 930, por Wendy Davies

Así que la compraventa de tierras era algo frecuente en la Alta Edad Media según sugieren los cartularios del norte peninsular, y las transacciones se solían realizar entre campesinos de una posición social equiparable. Por ejemplo, en el año 908 una mujer llamada Fredesinda compró a dos vecinos una parcela de tierra y unos árboles pagando con vino y cereales. Hay más ejemplos de campesinos libres que compraron más propiedades de las que podían trabajar y así podemos observar cómo se pasaba de ser un campesino propietario o una élite local a una comarcal. El matrimonio de Bagaudano y Faquilona compró numerosas propiedades por el Liébana entre los años 914 y 932, y estos dos se convirtieron en una de las familias más ricas del valle.

Sin embargo, eso no fue suficiente para proyectar su poder político y económico más allá del Liébana y establecer conexiones con la monarquía asturleonesa, y es que como ya comenté en el episodio anterior, uno podía ser un terrateniente y al mismo tiempo no ser nadie políticamente. Otro ejemplo es que el 18 de julio del 964 un tal Arias en la aldea de Méizara, León, compró porciones de tierras de pastoreo a varias familias campesinas, pagando por ellas con vino y alimentos. Arias ya había ampliado sus tierras anteriormente porque dos arrendatarios no le habían pagado la renta en forma de vino y queso y debido al impago cedieron tierras de pastoreo que tenían en propiedad, así que Arias compró más de estas tierras para consolidar su preminencia social y económica en esta localidad. Compró un cuarto del total de tierras de pastoreo, de esta manera no dejó a sus vecinos sin recursos, pero estos se volvieron campesinos dependientes.

He cogido el caso de Arias porque ejemplifica la elevación de pequeño a mediano propietario y de cómo se construye la desigualdad socioeconómica a nivel local, porque eso no era solo algo que hicieran los grandes magnates laicos y eclesiásticos. Algunos campesinos vendían o compraban tierras para mejorar su posición social y lo consiguieron, otros fracasaron, algunos hacían transacciones para sacar beneficios, otros en cambio vendían las tierras que poseían por pura supervivencia. En una economía poco monetizada como la del Reino asturleonés es conveniente plantearse por qué habría campesinos que buscarían arriesgarse y comprar tierras más allá de las necesidades de subsistencia de sus familias si difícilmente podían obtener dinero por la venta de excedentes que les permitiría mejorar su posición como consumidores.

Si tomamos la idea antropológica de la economía de prestigio quizás se puede explicar mejor, porque acumulando propiedades una familia campesina podía convertirse en la más importante de una aldea, y eso aparte de darles relevancia en su aldea podía hacer que con el tiempo la familia alcanzará una importancia a nivel comarcal o regional por patrimonio y por contactos. Eso se ve también en que había quienes compraban tierras solo para donarlas y conseguir capital social, es decir, esperaban obtener favores en un futuro con esas donaciones. Ese fue el caso de un tal Recesindo, que había comprado unas parcelas a unos campesinos y luego las donó al monasterio de Celanova de los Gutiérrez, la familia más poderosa de Galicia por sus estrechos vínculos con la familia real asturleonesa.

A veces se firmaban contratos de venta de tierras o de donaciones, que más bien servían de reconocimiento de una deuda por la ayuda prestada en un año de escasez. Ya vimos en el episodio 44 Fernán González, conde de Castilla como en el duro invierno del año 950 hubo un gran incremento por todo el Reino asturleonés de las donaciones a monasterios, porque estos ayudaron con comida a muchas familias a sobrevivir después del desastre causado por un meteorito fragmentado que provocó incendios por la Meseta norte. Y es que, igual que es una sobresimplificación que induce al error plantear que monarquía y aristocracia eran dos grupos de poder en oposición, también lo es plantear las decisiones de campesinos libres en oposición frontal a los intereses de señores laicos y eclesiásticos que les querían oprimir. El campesino a nivel individual y a corte plazo se podía beneficiar de vender o donar tierras a señores, solo que a largo plazo el sistema inducía a que los ricos cada vez fueran más ricos y los pobres más pobres y dependientes de los ricos.

Las donaciones

La distinción entre regalos o donaciones y ventas podía resultar difusa, porque las donaciones solían hacerse con la expectativa de un favor. Se hacían donaciones para ser cuidado en la vejez o recibir algún tipo de asistencia en tiempos difíciles, donaciones para salvar el alma o recibir oraciones, o regalos para saldar deudas o pagar multas. Un ejemplo de ello es una donación del año 908 en el norte de Portugal de una mujer llamada Trudilli a su esposo Evenando. Trudilli le regaló algunas fincas y seis esclavos, tres de los cuales eran andalusíes. A cambio de eso, Evenando se comprometía a cuidar de ella hasta su muerte y asegurarse de que tendría un buen funeral.

Las donaciones a laicos a menudo servían para mantener o establecer relaciones de patronazgo con un personaje notable, mientras que las donaciones a instituciones eclesiásticas también podían cumplir esta función, pero podían realizarse únicamente por razones de piedad religiosa o por una mezcla de razones. Los regalos representaban una parte de la riqueza de la persona, o sea que no hay que pensar en que una donación que realizaba por ejemplo un campesino a un aristócrata implicaba que este entraba en una relación de dependencia con el aristócrata. Las donaciones sugieren que los hombres disfrutaban de un mayor acceso a la propiedad que las mujeres, pero hay que decir que las mujeres propietarias no eran algo anecdótico.

De entre las propiedades alineadas por compraventa, donación o intercambio, un 46% de los que alineaban propiedades eran hombres, un 29% matrimonios, un 16% mujeres actuando solas, y un 9% grupos mixtos. Además de la donación, en aquella época existía el contraregalo, es decir, ofrecer un regalo después de haber recibido una donación, tanto para actuar como confirmación de la transacción y reconocer mutuamente el acuerdo previo, como para mostrar aprecio y reciprocidad. Los contraregalos representan solo un 3% del total de intercambios registrados en cartularios, pero tenían una especial importancia social cuando se trataba de intercambios con una institución eclesiástica y donaciones entre aristócratas o entre el rey y un magnate, en el primer caso porque había un elemento espiritual y en el segundo porque tenían un significado político y social.

La justicia del Reino asturleonés

El sistema judicial del Reino asturleonés no puede definirse como privado, pero tampoco como público si eso se entiende como un sistema controlado por un estado central. No existía un sistema judicial estatal como el desarrollado por el Imperio carolingio, pero puede decirse que el sistema judicial asturleonés era público porque existían unos cargos dedicados a la justicia de forma profesional o semiprofesional, existían unos procedimientos estandarizados, las leyes visigodas y consuetudinarias, los juicios eran abiertos, y no era un sistema en oposición a la autoridad del rey. ¿Qué actores estaban involucrados en la organización y resolución de los juicios? Pues mira, quien solía presidir un tribunal era el rey, un conde, un magnate laico, un obispo o un abad.

Los jueces determinaban los pasos del proceso judicial, hacían investigaciones y solicitaban evidencias y juramentos, y dictaminaban sentencias en base a su juicio si una de las partes no confesaba o llegaba a un acuerdo, como solía ser habitual. Los juicios solían involucrar a más de un juez, se han registrado casos con hasta doce jueces, y donde solían haber más jueces por caso era en Galicia. Normalmente el panel de jueces mezclaba gente local y de la comarca, o sea que la justicia no se resolvía de forma estrictamente local. Algunos eran jueces nombrados por el rey, otros jueces ejercían cargos eclesiásticos, pero más del 50% de los jueces documentados no eran enviados del rey o religiosos. En cambio, en la Plena Edad Media se harán más frecuentes los litigios con un solo juez y con jueces eclesiásticos en vez de laicos.

Lo que podemos decir sobre los jueces laicos altomedievales es que eran personajes notables con buena reputación y muchas veces eran terratenientes. Presuponemos que en general sabrían leer y escribir y estarían familiarizados con las leyes del Liber Iudiciorum, aunque a veces parecía que los escribas, muchas veces curas y no hombres laicos, podían tener tantos o más conocimientos legales que los jueces. Aparte de en instituciones eclesiásticas y algunas laicas, el leer y escribir y el conocimiento de las leyes se podía transmitir de padres a hijos, como parece ser el caso de algunos de los jueces notables de León. El juez que aparece más veces en la documentación asturleonesa del siglo X es Abaiub ibn Tebite, tanto como testigo de ventas y donaciones para certificar su legalidad como ejerciendo de juez, y es de destacar su onomástica árabe y posiblemente por el gusto cultural de la época tenía conocimientos de árabe.

El otro cargo judicial que destacar es el del sayón, que ya existía en época visigoda y se dedicaba a llamar a declarar a los testigos y aplicar las sentencias. Igual que los jueces, generalmente los sayones se dedicarían al cargo de forma ocasional o incluso hubo personas nombradas sayones solo para una ocasión, como cuando el rey nombró a un presbítero sayón para un juicio. Los juicios se producían en iglesias y monasterios, donde los juramentos tenían una especial sacralidad, en palacios reales o condales y sus ciudades como León o Burgos, pero también se podían producir en baños termales o al menos en aldeas relacionadas con ellos. Esto se ve en que hubo reyes que presidieron asambleas judiciales en Laias o Baños de Molas, dos enclaves gallegos conocidos por tener termas de época romana y que debieron seguir en uso.

La propia monarquía asturleonesa construyó baños en Oviedo y Zamora, o sea que eran lugares de un interés especial para la familia real y sí, en el norte cristiano también hubo baños como en al-Ándalus. Como ya he mencionado, el Reino asturleonés se regía por leyes visigodas, pero también consuetudinarias. Se hacía una aplicación selectiva del derecho emanado del Liber Iudiciorum, se citaban las leyes escritas más que en otras partes de Europa sobre todo en referencia a derechos de propiedad y procedimientos judiciales, pero otras leyes eran completamente ignoradas y en casos de robos o adulterio no se citaban leyes visigodas en las sentencias.

Los juicios medievales eran foros de negociación y resolución de conflictos, por eso había flexibilidad en la aplicación de la justicia. Las evidencias más comunes y sólidas que se presentaban en juicios del Reino asturleonés eran documentos de propiedad y declaraciones de testigos jurados por escrito. Mucha gente solía atender los juicios, todos los habitantes de una aldea podían hacerlo, y era habitual que participasen como testigos en defensa de un miembro de su comunidad. En circunstancias extremas para casos criminales graves los litigantes o jueces podían proponer ordalías, es decir, pruebas físicas duras como poner las manos en agua hirviendo para probar la veracidad de los testigos, no de los acusados, pero cuando esto se hablaba era más como una propuesta para que los que estaban en una disputa judicial reconsiderasen su posición que no algo que se llevase a cabo en la práctica, era muy raro eso.

Las condenas podían suponer el pago de multas elevadas, y una parte sustancial de las multas las tenía que pagar el condenado al sayón, a los jueces y al presidente del tribunal como pago por sus servicios. En la práctica legal al imponerse multas se podían pedir personas que avalaran al condenado para responder por este si incumplía la sentencia. Esto refleja la percepción altomedieval de que la responsabilidad por los actos de un individuo recaía también sobre su familia extendida, porque afectaba al honor familiar. Los peores castigos judiciales eran la confiscación de propiedades y el exilio, pero no hay evidencias de que se produjeran ejecuciones. Los juicios que conservamos del Reino asturleonés generalmente eran disputas de propiedad, pero también había casos de robos, violaciones, fornicaciones, asesinatos, agresiones, o incendios intencionados.

Cartulario ACL 1341 de la catedral de León, una multa pagada al obispo de León en el 979 con avalistas garantizando el pago, por Wendy Davies
Cartulario ACL 1341 de la catedral de León, una multa pagada al obispo de León en el 979 con avalistas garantizando el pago, por Wendy Davies

Veamos unos cuantos casos judiciales del Reino asturleonés para ver la justicia en funcionamiento. En el 991 un tal Ermegildo agredió a un hombre, y el sayón valoró sus heridas en diez monedas de plata. Ermegildo se resistió a pagar hasta que, ante la amenaza de que su testigo se sometiera a una ordalía con agua hirviendo, terminó por admitir los hechos. Pero Ermegildo no fue quien pagó la multa, sino que fueron sus padres Fredino y Leobina quienes lo pagaron con dos parcelas arables y la mitad de nueve huertos frutales. Al año siguiente, los padres tuvieron que pagar de nuevo otra multa con tierras y huertos frutales de Cantabria porque otro hijo suyo había violado a una prima segunda suya. O no lo hicieron muy bien como padres, o menuda mala suerte tuvieron con cómo les salieron sus hijos. No se sabe si la víctima de la violación recibió también compensación, pero lo que está registrado es que el conde Flaín Muñoz recibió propiedades de Fredino y Leobina.

En el año 1003 un tal Nuño, un tejedor casado, cometió adulterio con una tal Oria, y esta mujer fue obligada a entregar al conde Munio Fernández de Astorga unas propiedades como multa. No se sabe si el hombre también tuvo que pagar una multa, o si esto simplemente afectaba a las mujeres. El presbítero Ero se vio obligado a entregar al rey su iglesia cercana a León por haber cometido el delito de homicidio y fornicación, y luego el rey Bermudo II entregó esta iglesia a la diócesis de León. En Valdávida, León, un hombre acompañado de dos hijos y cuatro sobrinos aterrorizó a la población matando a varias personas en el 943. Los casos de homicidio se resolvían generalmente por vías extrajudiciales con la intervención directa del rey si involucraba a personajes notables, que confiscaba las propiedades del asesino y a veces lo exiliaba, como ocurrió con toda esta familia, pero si el asesinato era entre campesinos entonces solía resolverse con un juicio presidido por un conde u otro personaje regional notable.

En los cartularios del norte peninsular se observan más casos de personas laicas y un mayor acceso de los campesinos a la justicia que en el resto de Europa. Sin embargo, la justicia favorecía a los poderosos, como siempre ha ocurrido. Por ejemplo, los monjes del monasterio de Valdevimbre, León, denunciaron que los campesino vecinos usaban tanta agua que no llegaba la suficiente para el molino del monasterio. El rey envió jueces en dos ocasiones para evaluar si esto era verdad, y en ambos casos dictaminaron que había suficiente agua para todos. Pues bien, en la sentencia final se obligaba a los campesinos vecinos a ayudar al monasterio si su molino necesitaba reparaciones, es decir, incluso en un caso donde se demostró que los campesinos tenían razón el monasterio ganó algo, porque los campesinos adquirieron una obligación para con ellos.

En el 948 el monasterio de San Millán de la Cogolla ganó su caso contra los vecinos de Salinas y contra los monjes de Salcedo y Cardeña para obtener acceso a la explotación de las salinas. El conde Fernán González de Castilla dictaminó que podrían acceder a las salinas cada domingo, a pesar de que no tenían ninguna base real para hacer esta reclamación y no era extraño que hubiera monasterios que falsificaran documentos para hacer reclamaciones así. Estos ejemplos demuestran que las denuncias mal intencionadas y hechas con persistencia podían dar buenos resultados si eras una institución eclesiástica relevante.

Las ciudades del Reino asturleonés

En contraste con al-Ándalus, donde la política se decidía en las ciudades, en el Reino asturleonés la política se decidía en el mundo rural. Ese mundo rural de aldeas, castillos, palacios rurales, y monasterios. Aún así, es interesante hablar de las ciudades del norte en época altomedieval. Los principales centros urbanos del Reino asturleonés eran León, Zamora, Astorga, Oviedo, Lugo, Iria Flavia-Santiago de Compostela, Oporto, Coímbra, y Burgos. Recordemos del episodio 36 Muhammad I de Córdoba y Ordoño I de Asturias que la población estimada para León intramuros en el siglo X sería de unos 1.000 habitantes o poco más que eso, Astorga y Zamora menos de 1.000, y menos de 500 en Oviedo, es cierto que extramuros podía haber más habitantes, pero en todo caso las ciudades del norte peninsular altomedieval eran pequeñas y más en comparación con las de al-Ándalus.

Las ciudades del Reino asturleonés eran principalmente centros de consumo, es decir, las ciudades canalizaban los tributos y rentas del campo sin que tuvieran una industria desarrollada que pudiera hacer que las relaciones entre la ciudad y el campo se pudieran caracterizar como de intercambio comercial de bienes agrarios por bienes manufacturados. Esto contrasta con las ciudades andalusíes, que sí que destacaban también por ser centros de producción. El crecimiento de las ciudades del norte estaba pues estrechamente vinculado al poder político y al crecimiento agrario. Existían pocos artesanos especializados, y estos además de en las ciudades podían encontrarse en el mundo rural.

En ciudades como León o Oviedo tenemos constancia en el siglo X de profesionales urbanos artesanos como tejedores, tintoreros, peleteros, sastres, zapateros, silleros, fabricantes de carros, herreros, orfebres, o panaderos. Estos venderían sus productos en tiendas especializadas y no tanto en los mercados periódicos que se organizaban en algunas ciudades. Los mercados altomedievales del norte tenían poco que ver con los merados romanos o de períodos medievales posteriores. Para empezar, había poco interés por parte de campesinos del entorno de ir a la ciudad a vender excedentes, porque como he explicado antes las ciudades altomedievales del norte eran esencialmente centros políticos y de extracción de rentas y tributos del ámbito rural, y las ciudades no tenían bienes industriales para ofrecer a los campesinos. Los mercados periódicos se organizaban extramuros de las ciudades, no dentro como ocurría con los viejos foros romanos.

Precio medio de los bienes inmuebles de la ciudad de León y su radio de 10 km, siglos X-XI, en sueldos de plata
Precio medio de los bienes inmuebles de la ciudad de León y su radio de 10 km, siglos X-XI, en sueldos de plata

En los mercados periurbanos y también los rurales de la época debían venderse excedentes señoriales laicos y eclesiásticos y de propietarios libres y venderse bienes de prestigio conseguidos del comercio de larga distancia. Es desde la segunda mitad del siglo X y sobre todo desde el año 1000 que se observa en la ciudad de León la emergencia de unas élites capaces de fundar monasterios, financiar construcciones monumentales, y comprar muchas propiedades en la ciudad y su entorno rural, de ahí que se observe un incremento muy importante en los precios de bienes inmuebles urbanos y de viñas. Este aumento de la demanda de las élites para consumir reproducía lo ocurrido en Córdoba, solo que a una escala mucho menor, y fue posible por el avance en la señorialización de la sociedad, con unas élites capaces de extraer más excedentes del campo a través de rentas, todo mientras estábamos en un contexto macro de crecimiento agrario.

La economía del Reino asturleonés

A lo largo de este y el anterior episodio ya he ido dando informaciones económicas, pero es un tema que merece un apartado para sí solo con las principales ideas. Lo primero de todo que hay que resaltar son las limitaciones que tenemos en nuestro conocimiento de la economía del Reino asturleonés. Las informaciones son bastante limitadas porque las fuentes escritas no hablan mucho de ello ni han sido lo suficientemente analizadas en perspectiva económica porque sigue interesando más a los investigadores la historia política y social, y además faltan estudios arqueológicos y de registros ambientales, zoológicos y botánicos antiguos para tener un buen entendimiento de la economía del norte en época altomedieval.

La economía del Reino asturleonés puede caracterizarse como una economía agraria mixta, donde se combinaba la agricultura con una ganadería generalmente pastoril y con otras actividades como la pesca o la explotación de los bosques para obtener leña y materiales de construcción. Las prácticas agrícolas se descentralizaron por el derrumbamiento de la autoridad central romana en el siglo V, por eso en toda la península ibérica se observó cómo se pasó de sistemas de almacenamiento centralizados a silos ocultos en tierra para almacenar alimentos de una familia, aunque siguieron existiendo graneros más grandes de magnates laicos y eclesiásticos.

Se explotaron las montañas de forma bastante más intensa que en el período romano, tanto para las pasturas de ganado como para cultivar cereales. Quizás este cultivo agrícola en áreas marginales como la alta montaña haya que relacionarlo con pastores veraniegos, y en esta época ya existían brañas, esas zonas de pasto de Asturias con construcciones para resguardar a los pastores que pasaban por ahí según la estación. La tendencia a una mayor presión humana sobre el medio ambiente siguió durante toda la Plena Edad Media. En el todavía escaso registro paleobotánico de la cordillera Cantábrica en la Alta Edad Media se puede esbozar un paisaje bastante deforestado con amplios pastos por la importancia del ganado y además aumentó el cultivo de castaños y nogales.

En toda la península ibérica el tamaño de las vacas, cerdos, cabras y ovejas disminuyó desde el siglo VIII respecto al período tardoantiguo, y no volvieron a incrementar de tamaño hasta la Baja Edad Media. Estos cambios pueden sugerir que no se llevaba a cabo una reproducción selectiva del ganado o que eran más deseables animales más pequeños con las prácticas ganaderas extensivas de la Alta Edad Media. Y es que uno de los motivos por los que se hacían tantas presuras en aquella época, es decir, se ponían a trabajar tierras antes yermas, es que predominaba una agricultura extensiva y no especializada en un solo tipo de cultivo para minimizar riesgos y tener una dieta más equilibrada.

Los campesinos y ganaderos dependientes bajo el dominio de un señor se veían forzados a producir cereales y algunos animales determinados al coste de tener una dieta menos diversa y equilibrada y con mayor riesgo a sufrir una mala cosecha. Por tanto, en la Alta Edad Media podemos decir que en el norte la agricultura extensiva fue predominante frente a la intensiva, las prácticas agrarias diversificadas eran la norma frente a la especialización, y las iniciativas señoriales eran aún limitadas. Desde el año 1000 y extendiéndose durante la Plena Edad Media se observa la intensificación de la explotación agraria del medio ambiente y se extendió el uso de terrazas agrícolas, que habían empezado a construirse ya en el siglo V.

Se establecieron más asentamientos fortificados, silos grandes para acumular rentas pagadas por campesinos dependientes, que convivieron con silos familiares, posiblemente ocultos a los ojos de señores para evitar que se apropiasen de todos sus excedentes. Las élites se diferenciaron construyendo casas y castillos monumentales, consumiendo más carne, y en particular cerdos y animales jóvenes, mientras que los campesinos solían consumir cereales en forma de potaje. En todo caso, esto ya es una historia más de la Plena Edad Media, cuando se extendió el modelo señorial. Sobre los cultivos, los más habituales eran el trigo, cebada, centeno y mijo. En la cordillera Cantábrica estaban muy extendidos los pomares, los árboles que producen manzanas, porque de ellos se sacaba sidra, y eran muy populares los nogales, castaños, avellanos, higueras, y linares.

La producción de vinos era relevante en todo el Reino asturleonés según se puede observar en las referencias a viñas de los cartularios, aunque es una producción que debe estar sobrerrepresentada en el registro escrito por su alto valor económico. La agricultura de regadío también estaba presente en el Reino asturleonés, ya que se construían canales de agua de riego y se empleaban molinos hidráulicos. Los molinos hidráulicos eran menos comunes en Asturias que en la cuenca del Duero porque en Asturias predominaba el trigo vestido, que requería de un descascarillado antes de su molienda que debía hacerse a mano, así que los molinos de mano tenían más sentido si la producción era baja. Solo fue por el aumento de la importancia de la producción de cereales y el desarrollo señorial que se multiplicaron los molinos en la Asturias de la Plena y Baja Edad Media.

Según Robert Portass, el trabajo no se organizaba solo para una economía de subsistencia para el consumo de los productores y del señor en caso de tenerlo, sino que las actividades económicas se orientaban al intercambio comercial de manera más frecuente de lo que se asumía por prejuicios. Con quienes se ve más claramente esto es con los grandes monasterios, que para el año mil básicamente actuaban como empresas gestionando sus propiedades, ampliándolas, y explotándolas más intensivamente y con más vocación comercial que el propietario medio de la época. Desde el siglo X se nota una intensificación en la explotación de las tierras y una mayor tendencia a producir para el mercado, con lo que el norte de la península ibérica seguía las mismas tendencias que se estaban produciendo en el resto de Europa.

Demasiadas veces se ha caricaturizado al Reino asturleonés como un país atrasado, primitivo, cerrado al contacto exterior, como una involución a períodos anteriores, pero esta imagen no se corresponde con la realidad. El Reino asturleonés no fue un reino hermético, pese a que es cierto que era un reino que no destacaba por sus riquezas o por estar en el centro de la política europea. La desaparición del Imperio romano en Occidente no hizo que el tráfico marítimo de la cornisa cantábrica desapareciera. Los barriles de madera sustituyeron a las ánforas cerámicas como recipiente preferente para almacenar mercancías en la Alta Edad Media, por eso la falta de ánforas desde el siglo VIII no puede usarse para afirmar que el comercio marítimo se volvió irrelevante.

Además, tenemos numerosas noticias en la Antigüedad tardía posromana y en época altomedieval sobre viajes por mar en el norte y de intercambios comerciales y culturales. No es casualidad que en el siglo VII ya circulasen las obras de Isidoro de Sevilla, Valerio del Bierzo o Julián de Toledo en Francia, Inglaterra o Irlanda. El comercio a larga distancia existía y el Reino asturleonés mantuvo relaciones comerciales con el Emirato y Califato de Córdoba y por mar con las islas Británicas y la Francia carolingia, en especial con la ciudad aquitana de Burdeos, con la que según una carta de Alfonso III de Asturias mantenían un tráfico comercial regular. Como expliqué en el episodio 35 Alfonso II y Ramiro I de Asturias, el puerto del castillo de Gauzón era el más importante para la dinastía, y el castillo de Gauzón ejercía de centro administrativo, recaudatorio, económico y militar.

Vista desde la costa del castillo de Gauzón en el siglo X, por Pablo Aparicio Resco
Vista desde la costa del castillo de Gauzón en el siglo X, por Pablo Aparicio Resco

Desde el castillo de Gauzón se cobraban portazgos a embarcaciones y mercancías que entraban y salían de su puerto, se recaudaban rentas de pueblos y monasterios cercanos, se confeccionaban obras de orfebrería y metalúrgicas para satisfacer la demanda de la familia real y otros miembros de la élite del reino, y se explotaba una salina cercana. En la Edad Media el norte tenía un déficit de sal y tenía que importarla para usarla en la conservación de alimentos, pero igualmente están documentadas numerosas salinas altomedievales en Galicia, Asturias, Castilla y Álava que estaban explotadas, sobre todo por la monarquía, élites laicas, e instituciones eclesiásticas.

Los pequeños pueblos costeros del mar Cantábrico como Santoña, Gijón o Santander tenían como actividades económicas importantes la pesca y comercio marítimo, y como su propio nombre indica Oporto, en la vertiente occidental del reino, gozaba de una actividad comercial portuaria relevante. De países extranjeros el Reino asturleonés importó productos de lujo como sedas, libros, vinos, orfebrería o mármoles para sus élites, y entre las exportaciones del reino destacaban la escanda y sidra de Asturias, las lampreas, ostras y mieles de Galicia, el trigo de los campos de la cuenca del Duero, y el oro, plata, cobre y estaño de Galicia como ocurría desde la Prehistoria, y es posible que también exportasen caballos hispanos, que gozaban de renombre desde la Antigüedad.

A nivel local, comarcal y regional había comercio de productos básicos como el trigo, cebada, frutas y ganado. Evidentemente este era un comercio estacional y la mayor parte de los productos agrarios eran consumidos por los mismos productores. Había pocos comerciantes profesionalizados, como ocurría en la Europa carolingia, y era común que consumidores y productores hicieran trueques sin intermediarios. Pero esto del truque me lleva a algo que se ha debatido mucho sobre la economía del Reino asturleonés, y es si estuvo desmonetizada o no. Por falta de testimonios escritos y de ausencia de monedas físicas en yacimientos arqueológicos estudiados hasta el momento, algunos autores han concluido que la economía del Reino asturleonés era primitiva y se hacían transacciones exclusivamente mediante truques.

Sin embargo, esto no es posible porque de ser así el norte peninsular habría regresado a la prehistoria, y sería muy raro esto cuando ni siquiera en las islas Británicas, donde desapareció la cultura romana, se produjo tal fenómeno. Con los reinos germánicos posromanos de la Antigüedad tardía hubo una gran regresión monetaria por toda Europa al derrumbarse las bases del sistema tributario, pero en la Alta Edad Media hubo una remonetización, tanto en el mundo islámico incluyendo la vecina al-Ándalus, como en la Europa carolingia e incluso en los reinos anglosajones o en Escandinavia y el este de Europa, que hasta entonces no habían usado apenas monedas.

Tampoco es posible que las transacciones con el exterior o el coste de construcciones monumentales se pagase por trueques. Igual que en al-Ándalus en época emiral, en el Reino asturleonés siguieron circulando monedas tardorromanas, suevas y visigodas, además de monedas de plata andalusíes y carolingias, y tampoco hay que descartar que pagasen con oro y plata en bruto algunos. Por tanto, no es que la economía del Reino asturleonés estuviera desmonetizada, es que no estuvo lo suficientemente desarrollada como para necesitar de muchas monedas y menos de acuñaciones propias. A nivel escrito, las transacciones se valoraban en modios, una medida de sacos de grano ya de época romana, en solidus, la unidad de cuenta establecida por el Imperio carolingio en que doce denarios de plata reales equivalían a un hipotético solidus de oro, y de forma menos frecuente en piezas de plata, monedas de oro árabes, o ganado.

Esta diversidad en la unidad de cuenta para otorgar un valor a unos bienes da buena cuenta de la baja monetización de la economía asturleonesa. En conclusión, para resumir las principales ideas de la economía del Reino asturleonés, estamos ante una economía agraria mixta, con predominancia de la agricultura y ganadería extensivas y donde el campesino medio tenía cultivos variados para diversificar el riesgo y la dieta. En general, la economía agraria era de subsistencia, pero también hubo quienes orientaron la producción a la venta de excedentes. El Reino asturleonés comerciaba con el exterior y circulaban algunas monedas. En suma, la historia económica del Reino asturleonés desafía la noción de una simple reversión a prácticas prehistóricas, mostrando en cambio una economía que, pese a no ser ni mucho menos de las más prósperas, se adaptó a las circunstancias de su tiempo y se mantuvo sorprendentemente conectada con el resto de la Europa medieval.

El Veredicto: La imagen de un Reino asturleonés monolítico y atrasado

En El Veredicto de hoy quiero reflexionar sobre la imagen que se tiene del norte cristiano altomedieval como una sociedad monolítica de cristianos y de un país primitivo, más en comparación con sus vecinos del sur. Las comparaciones son odiosas, pero en vez de servir para establecer categorías absolutas y dicotomías entre rico y pobre, avanzado y atrasado, monetizado y no monetizado, comercial y de subsistencia, las comparaciones deberían servir para establecer escalas de grises en términos relativos de un espacio y tiempo determinados.

Y eso mismo de la economía se aplica a la diversidad que hemos visto al empezar el episodio, y es que se habla mucho de las diferentes etnias y religiones que coexistían en al-Ándalus y se presenta así un al-Ándalus diverso y multicultural, algo positivo desde el punto de vista cosmopolita actual, y en cambio se ha caracterizado el norte cristiano de intolerante y como si todos fueran cristianos blanquitos y españoles de pura cepa, unos con orgullo desde el punto de vista nacionalista español y otros de forma despectiva contra los reinos cristianos. Estas caricaturizaciones no han ayudado a percibir los matices, y es en esos grises donde hay que prestar más atención. Antes de escuchar este episodio, ¿eras consciente de la diversidad del Reino asturleonés y de que no tenía una economía tan primitiva? Espero tu respuesta en los comentarios. Y con esto, El Veredicto termina.

Avance y outro

Antes de que te vayas, por favor piensa en contribuir a este proyecto convirtiéndote en mecenas a través de Patreon, las membresías de YouTube o Spotify, o las donaciones en la página web del programa. Últimamente no he recibido nuevos mecenas, y como ya advertí desde el principio, si esto sigue así al final tendré que o reducir mucho la cantidad de contenido que produzco y publicar cuando pueda y quiera, o bien directamente cerrar y dejar de divulgar historia. Cualquier ayuda es bien recibida, desde solo tres o cinco euros al mes ya puedes obtener numerosos beneficios exclusivos apoyándome, así que te animo a ir a la descripción y ver la página de Patreon o las otras vías de contribución que he citado.

Dicho esto, en el próximo episodio ya por fin retomaremos la historia política después de estos últimos meses de episodios temáticos y de pausas de nuevos episodios, si no recuerdo mal tocará la época del final del reinado de Abd al-Rahman III y el inicio del de su hijo al-Hakam II, junto a las complicaciones políticas en el norte peninsular con interferencias del Califato de Córdoba. ¡Suscríbete para no perdértelo y hasta la próxima!

Fuentes

Andrade Cernadas, José Miguel. «Baños, claustros y piedras: una aproximación a los escenarios de las asambleas judiciales en la Galicia altomedieval.» Studia Historica. Historia medieval 36.1 (2018): 13-30.

Baliñas Pérez, Carlos. “Rebeldes con causa: un análisis interpretativo de la conflictiva relación entre la nobleza gallega y los reyes de Asturias, ca. 750-910.” Estudios en homenaje al profesor José M. Pérez García. Historia y cultura. Volumen 1, editado por María López Días, 2009, pág. 37-65.

Barrett, Graham. The written and the world in early medieval Iberia. 2015. Oxford University, tesis doctoral.

Carvajal Castro, Álvaro. «Assembly Politics and Conflicting Discourses in Early Medieval León (10th-11th c.).» Premodern Rulership and Contemporary Political Power, editado por Karolina Mroziewicz y Aleksander Sroczyñski, Amsterdam University Press, 2017, pág. 21-46.

Carvajal Castro, Álvaro. «Local meetings and meeting places in early medieval León.» Early Medieval Europe 25.2 (2017): 186-207.

Carvajal Castro, Álvaro. «Superar la frontera: mecanismos de integración territorial entre el Cea y el Pisuerga en el siglo X.» Anuario de Estudios Medievales 42.2 (2012): 601-628.

Carvajal Castro, Álvaro. “The monarchy and the elites in early medieval León (ninth–eleventh centuries).” Journal of Medieval Iberian Studies 7.2 (2015): 232-248.

Carvajal Castro, Álvaro. Bajo la máscara del Regnum: la monarquía asturleonesa en León (854-1037). Consejo Superior de Investigaciones Científicas, 2017.

Castellanos, Santiago, y Iñaki Martín Viso. “The local articulation of central power in the north of the Iberian Peninsula (500–1000).” Early Medieval Europe 13.1 (2005): 1-42.

Costa-Casais, Manuela, y Joeri Kaal. “La configuración del paisaje cultural durante la Alta Edad Media (siglos V-XI): cambios ambientales y actividad antrópica en el noroeste de la Península Ibérica.” Estudos do Quaternário/Quaternary Studies 12 (2015): 1-13.

Davies, Wendy. «Judges and judging: truth and justice in northern Iberia on the eve of the millennium.» Journal of Medieval History 36.3 (2010): 193-203.

Davies, Wendy. «Lordship and Community: northern Spain on the eve of the year 1000.» Past and Present 195.2 (2007): 18-33.

Davies, Wendy. Acts of giving: individual, community, and church in tenth-century Christian Spain. Oxford University Press, 2007.

Davies, Wendy. Christian Spain and Portugal in the early Middle Ages: texts and societies. Routledge, 2019.

Davies, Wendy. Windows on Justice in northern Iberia, 800–1000. Routledge, 2016.

de Ayala Martínez, Carlos. Economía y sociedad en la España medieval. Ediciones AKAL, 2004.

D’Emilio, James, editor. Culture and society in Medieval Galicia: a cultural crossroads at the edge of Europe. Brill, 2015.

Escalona Monge, Julio, Orri Vésteinsson, y Stuart Brookes, editores. Polity and Neighbourhood in Early Medieval Europe. The Medieval Countryside 21. Brepols, 2019.

Escalona Monge, Julio, y Andrew J. Reynolds, editores. Scale and scale change in the early Middle Ages: exploring landscape, local society, and the world beyond. Brepols, 2011.

Escalona Monge, Julio, y Iñaki Martín Viso. «Los palatia, puntos de centralización de rentas en la Meseta del Duero (siglos ix-xi).» Horrea, Barns and Silos: Storage and Incomes in Early Medieval Europe, editado por Alfonso Vigil-Escalera, y Giovanna Bianchi, Universidad del País Vasco, 2013, pág. 103-126.

Escalona Monge, Julio. “The early Castilian peasantry: an archaeological turn?” Journal of Medieval Iberian Studies 1.2 (2009): 119-145.

Escalona Monge, Julio. Transformaciones sociales y organización del espacio en el Alfoz de Lara en la Alta Edad Media. 1996. Universidad Complutense de Madrid, tesis doctoral.

Escalona Monge, Julio: «Aproximación a un análisis comparativo de la territorialidad en los siglos IX-XI: el territorium legionensis y el condado de Castilla.» Monasterios, espacio y sociedad en la España medieval cristiana, editado por José Ignacio de la Iglesia Duarte, 2010, pág. 273-293.

Escudero Manzano, Gonzalo J. «Los condes de Présaras y la fundación de San Salvador de Sobrado. El intento de una parentela magnaticia por recuperar su preeminencia en Gallecia.» Studia Historica. Historia Medieval 39.1 (2021): 197-213.

Estepa Díez, Carlos. “La Castilla primitiva (750-931): condes, territorios y villas.” Territorio, Sociedad y Poder Anejo 2 (2009): 261-278.

Feller, Laurent. Campesinos y señores en la Edad Media: Siglos VIII-XV. Universitat de València, 2015.

Fernández Conde, Francisco Javier, et al. «Poderes sociales y políticos en Asturias: Siglos VIII-X.» Territorio, Sociedad y Poder 2 (2009): 11-30.

Fernández Fernández, Jesús. «Reyes, obispos y campesinos: territorio y poblamiento durante la Alta Edad Media en el Valle del Trubia, Asturias (siglos VIII-XII).» Studia Historica. Historia medieval 35.1 (2017): 13-47.

Fernández Ferreiro, Marcos. O estatus servil na Alta Idade Media. Escravitude e servidume na sociedade galego-portuguesa (séculos IX-XII). 2021. Universidad de Santiago de Compostela, tesis doctoral.

Fernández Mier, Margarita, Pablo López Gómez, y David González-Álvarez. “Prácticas ganaderas en la Cordillera Cantábrica. Aproximación multidisciplinar al estudio de las áreas de pasto en la Edad Media.” Debates de Arqueología Medieval 3 (2013): 167-219.

Fernández Mier, Margarita, y Juan Antonio Quirós Castillo. «El aprovechamiento de los espacios comunales en el noroeste de la Península Ibérica entre el período romano y el medieval» Il capitale culturale. Studies on the value of cultural heritage 12 (2015): 689-717.

González García, Alberto. “La proyección europea del reino de Asturias: política, cultura y economía (718-910).” El Futuro del Pasado: revista electrónica de historia 5 (2014): 225-298.

González González, Raúl. «Esclavitud y dependencia personal en el país asturleonés (siglos IX-XIII).» Medievalismo 27 (2017): 159-205.

González González, Raúl. «Los jueces de León en la primera mitad del siglo X: prosopografía de una aristocracia letrada.» Cuadernos Medievales 31 (2021): 1-20.

González González, Raúl. Élites urbanas y relaciones de poder en Oviedo, León y Astorga durante la Edad Media (siglos IX-XIII). 2017. Universidad de Oviedo, tesis doctoral.

Isla Frez, Amancio. «Modelos femeninos de actuación en la familia regia asturleonesa, 700-1000.» Anuario de Estudios Medievales 46.1 (2016): 35-62.

Jessop, Bob. The state: Past, present, future. John Wiley & Sons, 2015.

Luis Corral, Fernando. «Lugares de reunión, boni homines y presbíteros en Valdevimbre y Ardón en la Alta Edad Media.» Medievalista Online 18 (2015).

Martín Viso, Iñaki. «Poder político y estructura social en la Castilla altomedieval: el condado de Lantarón (siglos VIII-XI).» Los espacios de poder en la España medieval: XII Semana de Estudios Medievales, Nájera, del 30 de julio al 3 de agosto de 2001. Instituto de Estudios Riojanos, 2002.

Martín Viso, Iñaki. “Commons and the construction of power in the early Middle Ages: tenth-century León and Castile.” Journal of Medieval History 46.4 (2020): 373-395.

Menéndez Bueyes, Luis Ramón, y Adriana Carriles García. «Fiscalidad y Poder entre la Tardoantigüedad y la Alta Edad Media en un reino postgermánico: El Reino de Asturias (Período Formativo, siglos V-VIII).» Between taxation and rent: fiscal problems from late Antiquity to early Middle Ages, editado por Pablo de la Cruz Díaz Martínez y Iñaki Martín Viso, Edipuglia, 2011, pág. 271-304.

Mínguez, José María. “Poderes locales en el espacio central leonés durante el periodo astur.” Territorio, Sociedad y Poder Anejo 2 (2009): 199-214.

Muñiz López, Iván. «San Rosendo y su familia: bases de poder de la aristocracia asturleonesa en la Asturias de los siglos IX y X.» Territorio, Sociedad y Poder 2 (2007): 221-264.

Pérez Marinas, Iván. Tierra de nadie: Sociedad y poblamiento entre el Duero y el Sistema Central (siglos VIII-XI). 2016. Universidad Autónoma de Madrid, tesis doctoral.

Peterson, David. “The men of wavering faith: on the origins of Arabic personal and place names in the Duero basin.” Journal of Medieval Iberian Studies 3.2 (2011): 219-246.

Peterson, David. Frontera y lengua en el Alto Ebro, siglos VIII-XI. Instituto de Estudios Riojanos, 2009.

Portass, Robert. «All quiet on the western front? Royal politics in Galicia from c. 800 to c. 950.» Early Medieval Europe 21.3 (2013): 283-306.

Portass, Robert. «Peasant proprietors, social mobility and risk aversion in the early Middle Ages: an Iberian case study.» Social History 48.2 (2023): 185-213.

Portass, Robert. «Peasants, Market Exchange and Economic Agency in North-Western Iberia, c. 850–c. 1050.» Past & Present 255.1 (2022): 5-37.

Portass, Robert. The village world of early medieval northern Spain: Local community and the land market. Boydell and Brewer, 2017.

Portela Silva, Ermelindo. «El rey y los obispos. Poderes locales en el espacio galaico durante el periodo astur.» Territorio, Sociedad y Poder 2 (2009): 215-226.

Quirós Castillo, Juan Antonio. «Early medieval landscapes in north‐west Spain: local powers and communities, fifth–tenth centuries.» Early Medieval Europe 19.3 (2011): 285-311.

Quirós Castillo, Juan Antonio. “An archaeology of “small worlds”: social inequality in early medieval Iberian rural communities.” Journal of Medieval Iberian Studies 12.1 (2020): 3-27.

Quirós Castillo, Juan Antonio. “Archaeology of early medieval peasantry in the Basque Country: Landscapes, economic trends and societal change in Álava.” Historia agraria: Revista de agricultura e historia rural 82 (2020): 209-243.

Quirós Castillo, Juan Antonio. “Arqueología de los condados castellanos. Sociedades locales y prácticas políticas en Lantarón (siglos IX-X).” SPAL-Revista de Prehistoria y Arqueología 30.2 (2021): 308-339.

Rodríguez Resino, Álvaro. «Comunidades rurales, poderes locales y señorío episcopal en la tierra de Santiago de los siglos V a XI: una visión desde el registro arqueológico.» Munibe Antropologia-Arkeologia 59 (2008): 219-245.

Sánchez Pardo, José Carlos, y Marcos Fernández Ferreiro. «Monasterios familiares y espacios agrarios en la Galicia del año mil. Un estudio comparativo de los dominios de San Salvador de Bande y Santiago de Barbadelo.» Studia Historica. Historia Medieval 37 (2019): 105-135.

Sánchez Sánchez, Xosé M. «La evolución del feudalismo en el reino de Galicia entre los siglos IX y XII: poder, sociedad y dependencia.» Journal of Medieval Iberian Studies 14.3 (2022): 371-398.

Sánchez-Pardo, José Carlos, María Jesús de la Torre Llorca, y Marcos Fernández Ferreiro. «Élites, arquitectura y fundación de iglesias en Galicia entre los siglos IX y X.» Reti Medievali Rivista 19.2 (2018): 311-366.

Santos Salazar, Igor, y Catarina Tente, editores. The 10th Century in Western Europe: Change and Continuity. Archaeopress Publishing Ltd, 2023.

Una información de La Historia de España – Memorias Hispánicas

This website uses cookies to improve your experience. We'll assume you're ok with this, but you can opt-out if you wish. Accept Read More